en consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecucion de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sede Barcelona, en uso de sus atribuciones legales y en interés superior del niño de marra, tomando en cuenta lo establecido en el articulo 365 en concordancia con el articulo 30 ejusdem, ACUERDA: Hacer entrega a la ciudadana LUISA ELENA LANDER, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad V-8.225.275, de los cheques de gerencia Nºs 10059735, por el monto de TRESCIENTOS BOLIVARES FUERTES CON CERO CENTIMOS (Bs. F.300,00) , contra el Banco CORP BANCA, C.A, Banco Universal, Barcelona, Nº 00000222, por el monto de CIEN BOLIVARES FUERTES CON CERO CENTIMOS (BSF. 100,00), en contra del Banco BICENTENARIO, agencia Las Garzas, para un total de CUATROCIENTOS BOLIVARES FUERTES CON CERO CENTIMOS (Bs. F.400,00), cheque 10065875, por el monto de CUATROCIENTOS BOLIVARES FUERTES CON CERO C.....