Por los argumentos expuestos este Tribunal de Ejecución Sección de Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; ACUERDA MANTENER LA MEDIDA DE PRIVACION DE LIBERTAD, que por el plazo de CINCO (5) AÑOS, le fuera impuesta al sancionado ROBERT ALEXANDER CAMPOS DIAZ, venezolano, natural de El Tigre Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació el 29 de Agosto de 1988, , hijo de Robert José Meneses y Karina Del Valle Campos Díaz, titular de la cédula de Identidad 20.548.293, y domiciliado en Sexta Carrera Norte Nº 37, El Tigre Estado Anzoátegui, actualmente recluido en el Internado Judicial José Antonio Anzoátegui .Todo de conformidad con lo establecido en los artículos 646, 647, literal "e" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Y así se decide. Notifíquese al sancionado ROBERT ALEXANDER CAMPOS DIAZ.