este Tribunal de Violencia Contra la Mujer, en Función de Juicio, considera que en el presente caso se encuentra satisfecho el cumplimiento de las condiciones impuestas y el plazo de la suspensión condicional del proceso acordado en favor del acusado ERNESTO JOSE MENESES, titular de la cedula de identidad Nº 8.282.039, surgiendo así una causa de extinción de la acción penal, conforme a lo previsto en el artículo 48 ordinal 7, en relación con el numeral 3º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia, se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, de conformidad a lo previsto en el numeral 3º del artículo 318, y artículo 322 todos del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano ERNESTO JOSE MENESES, por la comisión del delito VIOLENCIA FISICA, previsto y penado en al artículo 17 de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia, vigente para el momento de los hechos, cometido en perjuicio de la ciudadana ANGELICA DEL CARMEN VELASCO. De igual maner.....