Se acuerdan las copias solicitadas por las partes, por no ser contrario a derecho. En esta misma fecha y de conformidad con el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal, se acuerda dictar el auto de apertura a juicio por separado. SEXTO: Se ordena compulsar la presente causa en relación a LA CIUDADANA ZULEIDY DE YANET GOMEZ HERNANDEZ, a los fines de ser remitido al tribunal de ejecución correspondiente, en consecuencia ofíciese a la oficina administrativa de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura a fin de reproducir la presente causa en copias fotostáticas. SEPTIMO: En relación a la solicitado por la defensa privada en cuanto a la devolución del dinero que se encuentra depositado en la policía Municipal de Sotillo, por la cantidad de OCHO (8.000,00) MIL BOLIVARES FUERTES, este tribunal revisado como ha sido las presentes actuaciones hace evidencia que la cantidad le pertenece a los ciudadanos en comento según consta en acta policial que riela al folio 03 y 04 de la presente c.....