En razón de lo anteriormente transcrito, este Tribunal, declara INADMISIBLE, la solicitud de titulo supletorio sobre una bienhechurías, construidas en terreno de propiedad municipal, ubicada en la Urbanización los Vídriales, Sector Oeste, Avenida 2, distinguida con el Nº 34, Parroquia El Carmen, de la ciudad Barcelona, del estado Anzoátegui, formulada por la ciudadana ISNOVA RIVAS SANZ, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nro. 3.687.121, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio Carlos Ortiz, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 93.065; y acuerda que los interesados antes mencionados, se dirijan ante la Sindicatura Municipal , del Municipio Simón Bolívar del estado Anzoátegui, a realizar los tramites respectivos, conforme al contenido de la citada Comunicación. Así se decide administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley.
Se deja expresa constancia que la competenci.....