Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Control de Control Nº 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD a favor del Ciudadano VICENTE LUIS AMUNDARAY BRAVO, Venezolano, natural de la Ceiba, Estado Sucre, donde nació el día 12/04/1960, de 47 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.454.858, de estado civil Soltero, Obrero, hijo de los ciudadanos Juan Antonio Amarista y Guadalupe Amarista, residenciado en: Callejón Las Mercedes, Valle Lindo, Casa S/N, Puerto la Cruz , Estado Anzoátegui, por el delito FALSA ATESTACION ANTE FUNCIONARIO PÚBLICO, previsto y sancionado en el artículo 320 del Código Penal, en perjuicio de la FE PÚBLICA. Todo de conformidad con lo previsto en el Artículo 256, Ordinal 9° del Código Orgánico Procesal Penal. El Procedimiento a Seguir es el Ordinario. Líbrese los oficios correspondient.....