El Tribunal la ADMITE cuanto ha lugar a derecho se requiere por no ser contraria al Orden Público, a las Buenas Costumbre y a ninguna Disposición Expresa de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, y conforme a lo dispuesto en el Articulo 514 de la precitada Ley, cítese a el ciudadano OMAR JOSE GIL ROSAS, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad, N° 12.574.639, quine puede ser citado en su lugar de trabajo Banco Provincial, Avenida Municipal, Torre la Seguridad, planta baja, Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui, para que comparezca por ante éste Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio N° 01, al tercer (3er) día de Despacho siguiente a su citación, en horas comprendidas entre las ocho y treinta minutos de la mañana (8:30am) y las (3:30pm), a los fines de que dé contestación a la presente demanda. Librese Boleta de Citación. Notifíquese a la ciudadana Fiscal Décimo Tercero del Ministerio Público, del inicio de la pres.....