Este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y con base en el Artículo 185-A del Código Civil, DECLARA CON LUGAR la solicitud de Divorcio propuesta por los ciudadanos : ANA CELIA PEREZ y JUAN DE JESUS RINCON SIERRA, nacionalidad venezolana, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 17.730.744 y 5.681.500, respectivamente, antes identificados, y por consiguiente se disuelve el vínculo matrimonial existente entre ambos, contraído en fecha 22 de mayo de 1991, por ante el Alcalde del Municipio Pedro María Ureña del Estado Táchira, según consta de Copia Certificada de Acta de Matrimonio N° 415. Así se decide.
Se deja expresa constancia que la competencia de este Tribunal de Municipio para conocer sobre el Asunto en comento, le fue atribuida mediante Resolución Nº. 2009- 0006, de fecha 18 de marzo de 2009, en su artículo 3, dictada por el Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial .....