este Tribunal lo HOMOLOGA en los mismos términos por ellos expresado y lo toma como Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada, en consecuencia: 1.- Se ordena la entrega de la totalidad de dinero embargado y sus correspondientes intereses de la manera siguiente: la cantidad de CINCO MILLONES OCHOCIENTOS MIL BOLIVARES (5.800.000,oo), al ciudadano ALEXANDER JOSE NOGUERA, plenamente identificado en autos y la cantidad de ONCE MILLONES DOSCIENTOS TRES MIL SEISCIENTOS SETENTA Y TRES BOLIVARES CON OCHENTA Y TRES CENTIMOS (11.203.673,83), depositados en la Cuenta de Ahorros N° 0088-69-0010002096 de la entidad financiera BANFOANDES, Sucursal Barcelona, y sus respectivos intereses, al ciudadano CARLOS ORTEGA TORRES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 4.915.416, por cuanto si bien es cierto que el Dr. GERARDO GUZMAN, antes identificado posee poder para convenir, reconvenir, transigir, desistir, también es cierto que en el poder otorgado no posee de manera expresa .....