Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Ejecución N° 02, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda a favor del penado ALEXANDER MARTINEZ VERACIERTA, venezolano, indocumentado, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, nacido en fecha 27-01-1979, de estado civil soltero, de profesión u oficio indefinido, hijo de JESUS CELESTINO MARTINEZ y ELBARINA VERACIERTA, residenciado en la calle San Martín, casa NO. 11, Barrio Campo Claro, Barcleona, el BENEFICIO DE LIBERTAD CONDICIONAL, de conformidad con lo establecido en el artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 553 ejusdem. imponiéndole las condiciones ya señaladas.
Déjese copia, Notifíquese, Líbrese oficio Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario de esta Ciudad. Remitiéndole copia certificada de presente auto. Impongase al penado. Notifíquese a todas las partes. Cúmplase.