Este tribunal ADMITE cuanto ha lugar en derecho, conforme al artículo 341 del Código de Procedimiento Civil. Cítese al demandado ALEXANDER JOSE LEON LOPEZ, quien es venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad número 13.317.427, domiciliado en la calle Bolìvar, Casa S/N, Frente al Colegio Maria Potentini del Barrio Tierra Adentro de la ciudada de Puerto La Cruz, Municipio Sotillo del Estado Anzoàtegui, y quien presta sus servicios en la empresa ELEORIENTE, Ubicada en Puerto La Cruz, mediante boleta de citación para que comparezca al tercer (3°) día de despacho siguientes a la constancia en autos de su citación, a las diez (10:00 a.m.) de la mañana, por ante esta Sala de Juicio N° 1 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Anzoátegui, a los fines de dar contestación a la Solicitud de Pensión de Alimentos intentada por la ciudadana YOHANA JOSEFINA RODRIGUEZ, en representación del niño ALEXANDER DEL JESUS LEON RODRIGUEZ, con la advertencia que el día de la c.....