DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuesto, este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta: Sin Lugar la Revisión de Medida interpuesto por el Abg. ALI RAFAEL SALAVERRIA, en su condición de Defensor de Confianza del acusado JOSE GREGORIO SALAZAR, quien se encuentra privado de libertad por la presunta comisión de los delitos de SECUESTRO, tipificado en los articulo 3 de la Ley Contra el Secuestro y la Extorsión y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, contenida en el articulo 6 de la Ley Contra la Delincuencia Organizada, en perjuicio del ciudadano DUILIO ENRIQUE JAUREGUI PAREDES; de conformidad con el Articulo 264 del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese. Notifíquese a las partes. Cúmplase.-