Este Tribunal, dejando en todo caso al salvo los derechos de terceros, declara a la ciudadana: SONIA DEL CARMEN SANCHEZ DE LIRA, venezolana, mayor edad, titular de la cedula de identidad Nª V- 3.850.566, domiciliada en la Quinta Calle Sur del Sector La Esperanza en la ciudad de El Tigre del Municipio Simon Rodríguez del Estado Anzoátegui, como UNICAS Y UNIVERSALES HEREDEROS, el ciudadano LUIS RICARDO LIRA PUERTA, venezolano, mayor de edad de Cincuenta y Cinco (55) años, estaba casado con la ciudadana SONIA DEL CARMEN SANCHEZ DE LIRA, (Según Acta N° 36, folios Nª 88,89, 90 libro 01 de matrimonio llevado por el Registro Civil del Municipio Simon Rodríguez del Estado Anzoátegui en el año 1.987) titular de la cedula de identidad N° V-3.850.566 y así se decide.-