En consecuencia, este Tribunal, administrado Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Conversión en Divorcio, hecha por los ciudadanos FERNANDO JOSÉ DE LA ROSA MONTOYA y VANESSA NATHALY SARMIENTO ITANARE, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de Identidad Nros. V- 6.143.833 y V-16.490.204, respectivamente, asistido por la abogada en ejercicio VANESSA MORALES, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 116.045; y disuelve por consiguiente el vínculo matrimonial existente entre los referidos ciudadanos, el cual fue contraído por ante el Registro Civil del Municipio Turístico El Morro, Licenciado Diego Bautista Urbaneja del Estado Anzoátegui, en fecha 11 de enero del año 2.006, tal como se evidencia del Acta de Matrimonio Nº 08, que cursa inserta en copia certificada al folio dos del presente expediente. Así se decide.