el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio Nº 02, Acuerda la ejecución de dicho Decreto. En consecuencia, expídanse por Secretaria copias certificadas de dicho Decreto con inclusión del presente auto y remítanse junto con oficio, una al ciudadano a Prefecto del Municipio Bolívar y al Registrador Principal del Estado Anzoátegui, a objeto de que estampen la correspondiente Nota Marginal, en el acta de nacimiento del niño Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente anotándose únicamente las palabras Adopción Plena, quedando esta partida privada de todo efecto legal, asimismo se libra oficio al ciudadano Prefecto del Municipio Guanta del Estado Anzoátegui, a fin de que se sirva levantar nueva acta de nacimiento al niño antes mencionado, por la circunstancia de hallarse domiciliados en dicha Jurisdicción los adoptantes del referido niñ.....