En consecuencia, este Tribunal de Control Nº 07 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA: LA LIBERTAD PLENA del ciudadano JOSE TINEO GUZMAN, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° 8.978.583, natural de Caripito, Estado Monagas, donde nació en fecha 04-01-61, de 43 años de edad, de estado civil casado, carpintero, hijo de los ciudadanos LEOPOLDO TINEO Y MARIA DE TINEO (F), residenciado en las Colinas de Valle Verde, la Invasión, calle 23 de Enero, N° 6, Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui; toda vez que de del contenido de las actas policiales no se evidencia Delito alguno en contra del mencionado ciudadano; por lo que este Tribunal de conformidad con el artículo 44 Ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, decreta LA LIBERTAD PLENA, del ciudadano GERSON JOSUE TINEO GUZMAN; todo con fundamento a los principios del debi.....