Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD INMEDIATA POR APLICACION DE MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS para las ciudadanas ROSA MARÍA ANTOIMA, venezolana, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 29/04/1974, de 30 años de edad, de estado civil Soltera, profesión u oficio Del Hogar, titular de la cédula de identidad N° 13.369.490, hija de los ciudadanos ROSA AMÉRICA ANTOIMA (v) y JOSÉ ISIDRO LÓPEZ (v), domiciliado en Barrio El Esfuerzo, Calle San José, Casa N° 23, Tronconal III, Barcelona, Estado Anzoàtegui. Y CARMEN ENEIDA CHAURÁN, venezolana, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 19/12/1979, de 25 años de edad, de estado civil Soltera, profesión u oficio Del Hogar, titular de la cédula de identidad N° 16.182.247, hijo de los ciudadanos NÉLIDA A.....