En consecuencia, ésta Sala de Juicio N° 01 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Anzoátegui, la ADMITE, por cuanto la solicitante cumplió con el requisito exigido por ésta Sala de Juicio, de conformidad con el artículo 387 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente; cítese por medio de boleta al ciudadano CRUZ LORENZO BARRIOS MORGADO, mayor de edad, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 8.321.874, domiciliado en la Vía San Diego, Sector Las Carmelitas, Casa S/N°, Municipio Sotillo, Estado Anzoátegui; para que comparezca por ante éste Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio Nº 01 del Estado Anzoátegui, a las diez de la mañana (l0:00 a.m.), del tercer (3er) día de Despacho siguiente a su citación, a los fines de dar contestación a la solicitud de Régimen de visitas, presentada por la Fiscal Décima Tercera Encargada del Ministerio Público del Estado Anzoátegui, Dra. LORYANA DECENA RAMIREZ, quien actúa en.....