Esta Sala de Juicio N° 01, del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO del niño XXXXXX, hijo de los ciudadanos ELVIS JOSE GARCIA GUANIQUE y GRISALIDA DEL VALLE GARCIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-16.069.748 y V-16.067.472, respectivamente, debe corregirse el nombre de la madre del niño, siendo el correcto "GRISALIDA" y no "CRISALIDA", como erradamente fue colocado y aparece en la partida de nacimiento del niño de autos, quedando así rectificada dicha partida de nacimiento, llevados por ante la Prefectura del Municipio Simón Bolívar del Estado Anzoátegui, correspondientes al año 2007, y en consecuencia, Se acuerda además oficiar lo conducente a la Prefectura del Municipio Simón Bolívar del Estado Anzoátegui, remitiendo.....