En virtud de las razones expuestas anteriormente este Juzgado Segundo de Primera Instancia de mediación y sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, sede Barcelona, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: EL ABANDONO DEL TRAMITE , en la presente demanda de MODIFICACION DE CUSTODIA, y los recaudos acompañados, presentados por la Fiscal Décimo Tercera Especial para la Protección de Niños, Niñas, Adolescentes, Civil e Instituciones Familiares del Ministerio Publico de esta Circunscripción Judicial, Abogada Abogada FABIOLA QUINTANA FERNANDEZ, a requerimiento del ciudadano HECTOR SAMIL PEREZ CAÑA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 13.935.760, domiciliado en: Calle 02, Casa Nº 22, Sector Aldea de Pescadores, El Paraíso, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, teléfono: 04267853542, en contra de la ciudadana DURLING MARIA YBARRETO DE PER.....