En por ello que esta Sala de Juicio Nro 2, del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, en uso de atribuciones legales, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la presente demanda de COLOCACIÓN FAMILIAR, incoada por los ciudadanos: NAILETT BARROSO, LUIS GERARDO ROSAS y JOSE MANUEL SANCHEZ, Consejeros de Protección del Niño y del Adolescente del Municipio Juan Antonio Sotillo del Estado Anzoátegui, actuando en representación de los niños, en contra de la ciudadana, ROSANA MARGARITA SIFONTES GARCIA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de identidad Nº V-20.054.735, y domiciliada en: Terrazas de Pozuelos, Sector B, Puerto La Cruz, Municipio Sotillo del Estado Anzoátegui, madre de los mismos, , en consecuencia esta Sala de juicio acuerda DECRETA DE MANERA DEFINITIVA LA CUSTODIA, de los mencionados niños, la cual se va ejecutar en la persona de s.....