En consecuencia, ésta Sala de Juicio N° 01 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la rectificación solicitada y en consecuencia, acuerda la corrección, en las partidas de nacimiento de los niños GIANFRANCO VINCENZO y MARIA ELISA BONITO BARRIOS, actualmente con nueve (9) y tres (3) años de edad, en cuanto al lugar de nacimiento de la madre de los citados niños, ciudadana SANDRA MERCEDES BARRIOS, ya que su lugar de nacimiento es la Población de Cantaura, Municipio Pedro María Freites del Estado Anzoátegui, pero en las referidas Partidas de Nacimiento quedo asentado equivocadamente que el lugar de nacimiento es la Población de Anaco, Municipio Anaco del Estado Anzoátegui, quedando así rectificadas dichas partidas de nacimiento distinguidas con los N° 885 del año 1995 y 743 del año 2001, presen.....