Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD SIN RESTRICCION del ciudadano OSWALDO RAFAEL FABELO PARICHE, Titular de la Cédula de Identidad N° 18.279.576, nacido en fecha 28-06-86, natural de: Barcelona, Estado Anzoátegui, de 21 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio: Chofer, hijo de los ciudadanos: JOSE FABELO y AMANDA PARICHE, residenciado en: Calle Sucre, casa N° 64, sector el Asfalto, Barrio Razetti de Barcelona, Antes del Hospital Razetti, Municipio Bolívar, Estado Anzoátegui, en virtud de no encontrarse lleno el requisito exigido en el artículo 250, numeral 2° del Código Orgánico Procesal Penal, con fundamento a los principios del debido proceso, afirmación de libertad y presunción de inocencia contenidos en los artículos 49 y 44 ordinal 1° de la Constitución de la Re.....