Por todo lo expuesto, este Tribunal de Control Nº 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA ORDEN DE APREHENSION en contra de los imputados ALVARO RAFAEL AVILEZ FAJARDO, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 25.262.335, nacido en fecha 18/04/1989, residenciado en la Vereda 53, Casa Nº 08, Sector Tronconal IV, Barcelona, Estado Anzoátegui y JHONNY JOSE GUTIERREZ MARTINEZ, venezolano, cédula de identidad nº 15.707.912, residenciado en la Avenida 02, Casa S/Nº, Sector Tronconal IV, Barcelona, Estado Anzoátegui, por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES y LESIONES PERSONALES DEL TIPO LEGAL BASICO, previstos y sancionados en los artículos 406 ordinal 1º y 413, ambos del Código Penal Venezolano, en perjuicio de los ciudadanos DOUGLAS ALEXANDER AGUILERA GARCIA y ABRAHAM JOSUE ITRIAGO RODRIGUEZ, con el.....