esta Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección del Niño, Niña y Adolescente de esta Circunscripción Judicial en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, y a tenor de lo establecido en el artículo citado ut supra de la Ley especial, DECLARA: PRIMERO: DESISTIDO el PROCEDIMIENTO, incoado por la Ciudadana EVANGELLA DEL CARMEN CASERES SILVA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.438.135, urbanización El Tamarindo, Calle 5 Sur, Casa Nº 13, Barcelona, Estado Anzoátegui, teléfono: 0426-1617608 y 0281-3324469, correo electrónico: eva.casi@hotmail.com, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio LUIS PEREZ , inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 113.594 y de este domicilio, contra el ciudadano JOSE GREGORIO VILLARROEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 10.060.121, domiciliado en la Tercera Carrera Norte, Casa Nº 266, El Tigre,.....