En virtud de las razones expuestas anteriormente este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, sede Barcelona, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: EL ABANDONO DEL TRAMITE , en la presente demanda por REVISIÓN DE REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, y los recaudos acompañados, presentados por la ciudadana Fiscal Décimo Tercero Del Ministerio Público Del Estado Anzoátegui, Abogada Fabiola Quintana Fernandez, a requerimiento del ciudadano WILLIAMS ALEJANDRO AZOCAR MARQUEZ (PADRE), venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-19.183.795, domiciliado en la Urbanización Urdaneta, Carrera 28, Quinta María, Sector la Montañita, Barcelona Estado Anzoátegui, en contra de la ciudadana MARIA ALEJANDRA GAMBOA TAPIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-20.361.681, domic.....