En consecuencia, esta Sala de Juicio N° 02, del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la rectificación solicitada y en consecuencia, se acuerda que la identidad correcta de la niña es y no , como aparece en la copia certificada de la partida de nacimiento consignada en autos y expedida por el Registrador Principal del Estado Anzoategui, igualmente se ordena la corrección en el sentido que se indique que la misma , es hija de la presentante y de su conyuge ciudadano JONATHAN JESUS RODRIGUEZ LOPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-16.854.683, quedando así rectificada dicha partida de nacimiento de la hija del solicitante ciudadano JONATHAN JESUS RODRIGUEZ LOPEZ y ORIANNY ANAILET MAZA, antes plenamente identificados, inserta en los Libros de Registro Civil llevados por la.....