esta Jueza del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, en consecuencia, acuerda PRIMERO: Declarar Con Lugar la presente solicitud incoada por el ciudadano RAFAEL CELESTINO PEREZ BASTARDO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.221.434 y domiciliada en la Urbanización Cayaurima, Casa Nº 2, barrio 29 de Marzo, Barcelona, Estado Anzoátegui, SEGUNDO: Otorga el presente justificativo de CARGA FAMILIAR al ciudadano RAFAEL CELESTINO PEREZ BASTARDO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.221.434 y domiciliada en la Urbanización Cayaurima, Casa Nº 2, barrio 29 de Marzo, Barcelona, Estado Anzoátegui, a favor de su nieto: (Se Omite de Conformidad con el artícu.....