Seguidamente este Tribunal, a fin de darle cumplimiento a la Comisión, DECLARA SECUESTRADO EL INMUEBLE SOBRE EL CUAL SE ENCUENTRA CONSTITUIDO, el cual está identificado en la comisión de la siguiente manera: Un bien inmueble constituido por una vivienda, ubicada en la Urbanización La California, Calle Nº 02, identificado como Town House Nº 14-B, Avenida Jesús Subero de la ciudad de San José de Guanipa, Municipio Guanipa del Estado Anzoátegui, que posee los siguientes linderos: NORTE: Con Calle Nº 02, SUR: Con parcela Nº 29, ESTE: Con parcela Nº 11, y OESTE: Con parcela Nº 13, que posee una área de Ciento Sesenta Metros Cuadrados (160 Mts.2).- Seguidamente este Tribunal deja constancia que, el referido inmueble no fue aperturado por el Tribunal, y en consecuencia, se dejó con la misma cerradura que tenía al momento de constituirse este Tribunal, ello en aras de salvaguardar y garantizar un estado social de derecho y de justicia, lo cual es de índole constitucional, aunado a ello, toma.....