Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Pedro María Freites de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO 185-A propuesta por los ciudadanos MERGUIZ JOSE GONZALEZ VALLENILLA y MINNULYS SULEN FUENTES SEVILLA, cónyuges, mayores de edad, venezolanos, titulares de las cedulas de identidad números: V-10.294.262 y V-10.998.501, respectivamente, domiciliados en la ciudad de Cantaura, Municipio Bolivariano General Pedro María Freites del Estado Anzoátegui, debidamente asistidos por el ciudadano Abogado en Ejercicio, JOSE LUIS BARRETO GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-9.816.976, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 137.929, con domicilio procesal en la Ciudad de Cantaura, Municipio Bolivariano G.....