Se constituyen en el Despacho del Tribunal Primero de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente, esta Juzgadora junto a las partes intervinientes en el presente asunto. Concluida la evacuación de las pruebas aportadas y la revisión de las documentales esta Jueza del Tribunal Primero de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, sede Barcelona, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley considera procedente y ajustado a derecho, en consecuencia, acuerda: PRIMERO. DECLARAR CON LUGAR la solicitud incoada por la ciudadana CARMEN LUISA GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-8.349.031, domiciliada en: Barrio El Eneal, calle Principal, Sector I, Bella Vista, casa 56, Barcelona, Estado Anzoátegui, y SEGUNDO: Designar como Curadora Especial, a la ciudadana YNES MARIA COVA ROJAS, venezolana, mayor de edad,.....