Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Conforme al artículo 256, ordinales 3º y 4º del Código Orgánico Procesal Penal, se DECRETA MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE LIBERTAD a favor de los ciudadanos: ANTONIO RAFAEL SUAREZ MARIN, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N 12.914.754, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 26/10/1977, de 30 años de edad, soltero, Vigilante de seguridad, hijo de los ciudadanos PETRA SUAREZ y INES DE SUAREZ , residenciado en Calle Andrés Bello, Nª 50, Valle Lindo, Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui y JHANSON JOSÈ SERRANO SUCRE, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 15.878.558, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 09-05-1982, de 25 años de edad, soltero, Pescador, hijo de los ciudadanos CARLOS SERRAN.....