Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control Nº 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE LIBERTAD, al ciudadano ANTONIO RAFAEL VALLENILLA MONAGAS, venezolano, Natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació el día 24 de Febrero de 1987, de 21 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-19.329.421,de estado civil en concubinato, de profesión u oficio Obrero, hijo de los ciudadanos Ramón Vallenilla (v) y Marlenis Monagas (v), residenciado en la Calle Un Don Pérez, Casa Nº 36, Barrio Campo Claro, Barcelona, Estado Anzoátegui; por encontrarlo responsable en la comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el articulo 277 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO, de conformidad con el Artículo 256, ordinales 3º y 4º del Código Orgánico Procesal Penal......