IV
DECISIÓN.
Por los razonamientos antes expuestos, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la demanda que por ACCIÓN MERO DECLARATIVA, hubiere incoado la ciudadana MILAGROS JOSEEFINA ARMAS FONG, debidamente asistida por la abogada en ejercicio MARY TAVARES, de este domicilio e inscrita en el I.P.S.A, bajo el Nº 44.850, en contra de los ciudadanos MARYSOL MILAGROS MIJARES ARMAS y SALVADOR JOSE MIJARES ARMAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad Nº 25.589.521 y 26.072.283.- Así se decide.-
Regístrese, Publíquese y Déjese Copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, e.....