En razón de lo antes expuestos este Tribunal declara INADMISIBLE, la solicitud de Declaración de Único y Universal Heredero, formulada por el ciudadano ALI RAFAEL NEGRON DROZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad número 14.102.228, debidamente asistido por el abogado JOSE LOZANO YLLAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº. 72. 449.
Así se decide, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley.
A los fines establecidos en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, certifíquese por Secretaria copia de esta decisión.
La Juez Provisorio,
Abg. María Eugenia Pérez
La Secretaria ,
Abog. Carmen Calma
ASUNTO : BP02-S-2009-002110