En virtud de las razones expuestas anteriormente este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, sede Barcelona, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: EL ABANDONO DEL TRAMITE , en la presente demanda por CUSTODIA, y los recaudos acompañados, presentados por la ciudadana Fiscal Décimo Tercero del Ministerio Público del Estado Anzoátegui, Abogada FABIOLA QUINTANA FERNANDEZ, a requerimiento del ciudadano JHONNY JESUS JASPE DIAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 18.511.154, domiciliado en Vía San Diego, Aguas Calientes, Nº 42, Municipio Sotillo del Estado Anzoátegui, en contra de la ciudadana NEIRELYS DIONEY BARRIOS GOMEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 22.854.745, domiciliada en Colinas de Valle Verde, Calle la Cruz, Casa Nº 22, P.....