este Tribunal Cuarto en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de conformidad con lo establecido en los artículos 773 y 774 del Código de Procedimiento Civil, administrando Justicia en nombre de la República de Venezuela y por autoridad de la Ley, ordena en forma SUMARIA, a la Prefectura del Municipio Gómez del Estado Nueva Esparta y al Registro Principal del Estado Nueva Esparta, INSERTAR la presente Sentencia en los Libros de Inscripciones de Nacimientos de Venezolanos, llevados por esos despachos, durante el año 1.928, colocando la nota marginal correspondiente en la partida de Nacimiento del ciudadano PEDRO RAMON VELASQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 468.418, de la siguiente manera: donde se colocó,...EL DIA VEINTISIETE DEL PRESENTE MES..., debe escribirse,...EL DIA 27 DE ABRIL DE 1.928..., en virtud de que es la verdadera fecha de nacimiento del solicitante.-
Expídanse po.....