Por lo anteriormente indicado, este Tribunal de Primera Instancia en función de Control Nº 1 del Sistema Penal de Responsabilidad de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de DECLARA CON LUGAR, la solicitud interpuesta por el Dra. JULIA SFORZA RODRIGUEZ, en su carácter de Defensora Público Especializada de los ciudadanos (IDENTIDAD OMITIDA), Venezolano, natural de Caracas, Distrito Capital, nacido en fecha 24/5/1992, de 14 años de edad, sin cédula de Identidad, hijo de los ciudadanos Mario Franco y de Noris Blanco residenciado en Barlovento- San Pablo en casa de la Gorda, Estado Miranda y YORDAN RIVERO FLORES, venezolano, indocumentado, natural de Caricagua, no recuerda fecha de nacimiento, hijo de Juan Rivero y Juana Flores, residenciado en Barlovento- San Pablo en casa de la Gorda, Estado Miranda y en consecuencia DECRETA: PRIMERO: EL ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES.....