En virtud de las razones expuestas anteriormente este Tribunal Segundo de Primera Instancia de mediación y sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, sede Barcelona, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: INACTIVIDAD PROCESAL, en la presente demanda con motivo de DIVORCIO CONTENCIOSO, y los recaudos que la acompañan, presentada por la ciudadana, YAHAIRA DEL JESUS SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 11.902.270, domiciliado en: Bello Monte, Calle El Silencio, casa 23, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, asistida por los Abogados en ejercicio, ANA CECILIA BRACHO y JAIME CHUCHUCA BASANTES, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nº. 23.275 y 98.166 respectivamente, contra el ciudadano, JUAN FRANCISCO NOLASCO LANZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 8.342.981, de este domicilio, debe ser notificado en s.....