En virtud de las razones expuestas anteriormente este Juzgado Segundo de Primera Instancia de mediación y sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, sede Barcelona, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: EL ABANDONO DEL TRAMITE, en la presente demanda de DIVORSIO 185-A, Presentada por la ciudadana: MARIA JOSE JIMENEZ CARABALLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-18.848.510, domiciliada: en la Urbanización los Cocalitos, bloque 05, Piso 02, Apartamento 03, Guanta Estado Anzoátegui, debidamente asistida por la Abogada HAYDEE MARIELA VASQUEZ GARCIA, abogada inscrita en Inpreabogado bajo el N° 133.977, actuando en representación de su hijo, las Niño Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), en contra del ciudada.....