D I S P O S I T I V A
Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano DAVID RAMON SANCHEZ RONDON, la NULIDAD ABSOLUTA, del escrito incoado por el Fiscal Séptimo del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de fecha 4 de abril de 2005, mediante el cual solicitó el sobreseimiento de la presente causa, así como los actos subsiguientes, y consecuencialmente NULA la decisión dictada por el Juez de Control 1° de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, extensión El Tigre, de fecha 10 de agosto de 2005, mediante la cual de conformidad con el artículo 318. 2 del Código Orgánico Procesal Penal, sobreseyó la presente causa, y pasar los autos al Fiscal Séptimo del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Est.....