...por lo que tal Notificación, realizada en los términos antes expuestos, no fué convalidada, no quedando otra salida al Tribunal, en aras del Debido Procesal Laboral que debe seguirse por mandato Constitucional y en función del Principio Rector del Juez aplicabe al juicio, que lo obliga a actuar de Oficio, así como de lo establecido en el artículo 11 de citada Ley Organica Procesal del trabajo, en concordancia con el artículo 206 del Código de Procedimiento Civil, a declarar, como así se hace en éste acto, la REPOSICION DE LA CAUSA, al estado de librar nuevo Cartel de Notificación a la empresa demandada, a objeto de celebrar válidamente la Audiencia Preliminar, cumpliendo con lo establecido en el ya mencionado artículo 126 ibidem, que regula dicha actuación...