este Tribunal Superior administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara que en el presente asunto contentivo por PARTICION DE HERENCIA, incoado por los abogados en ejercicio MARCOS PEREZ MEJIAS y MANUEL ANTONIO SALAZAR ROJAS, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 12.191 y 2.542, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano JOSE JESUS ESTANGA RIVERO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° .469.681, contra los ciudadanos JESUS MARIA ESTANGA RIVERO, RAFAEL ESTANGA RIVERO, ROBERTO ANTONIO ESTANGA RIVERO, CARLOS CELESTINO ESTANGA RIVERO, LUZ MAGDALENA ESTANGA RIVERO OROPEZA, CARMEN ESTELA ESTANGA RIVERO Y MARIA ESTANGA RIVERO, venezolanos, mayores de edad titulares de la Cédula de Identidad Nros. 451.436, 496.625, 1.167.971, 1.154.670, 479.428, 3.955.157 y 458.330, respectivamente, ha operado la Perención de la Instancia, conforme a lo establecido en el encabezamiento del artícu.....