Éste Tribunal Segundo de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decidió: PRIMERO: Se declaró Con Lugar la solicitud presentada por la ciudadana THAMARA DEL VALLE MARIN LEON, titular de la cedula de identidad Nª 12.576.005, en consecuencia, se acuerda la ENTREGA MATERIAL DEL VEHÍCULO con las siguientes características: : MARCA: TOYOTA, MODELO: 4RUNNER, PLACA: AB640DT, AÑO: 2008, CLASE: CAMIONETA, COLOR: PLATA, TIPO: SPORT WAGON, USO: PARTICULAR, SERIAL MOTOR: DEVASTADO SERIAL DE CARROCERIA: JTEBU17R789907880, bajo GUARDA Y CUSTODIA, de conformidad con el Artículo 293 del Código Orgánico Procesal Penal; SEGUNDO: Remítase oficio al Encargado del Estacionamiento donde se encuentra el vehículo, a los fines que le sea entregado al solicitante antes identificado; TERCERO: Devuélvanse los documentos originales al solicitante, debiéndose certi.....