Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, con funciones de Control N° 05, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide: PRIMERO: Con Lugar la solicitud presentada por el Abogado JOSE JESUS VASQUEZ HERNANDEZ, Titular de la Cédula de Identidad N° 8.934.345, e inscrito en el inpreabogado bajo en N° 32.949, en consecuencia, se acuerda conforme al artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, la entrega bajo Guarda y Custodia del vehículo a la Sociedad Mercantil TRANSPORTE DIRINO, C.A.; con las siguientes características: Marca: Mack, Modelo: 1978, Color: Amarillo, Tipo: Chuto, Clase: Camión, Uso: Carga, Placas 358-BBE, Año: 1978, Serial de Carrocería: R609SXV27677, Serial de Motor: ET6738D3035; para lo que se ordena librar oficio al Encargado del Estacionamiento NOGUERA II, participándole la decisión tomada por este Tribunal, donde se acue.....