En consecuencia, cítense a los Ciudadanos HERNAN JOSE SOSA TORRES y JOHANNA BERENICE RODRIGUEZ ESPINOZA, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 13.177.417 y 14.029.094, domiciliados el primero en la Avenida principal del Paseo Colon, edificio Turimiquire, piso 10, apartamento 10-C, Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui y la segunda en Puerto Píritu, campamento Costa Norte, apartamento 37, sector la Planta, Estado Anzoátegui, para que comparezcan por ante éste Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio N° 02, al tercer (3er) día de Despacho siguiente a su citación, en horas comprendidas entre las ocho y treinta minutos de la mañana (8:30am) y las (3:30pm), a los fines de que dé contestación a la presente demanda. Líbrese boletas de Citación. Se comisiona suficientemente al Juzgado del Municipio Fernando de Peñalver y Píritu de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, a los fines de que practique la citación de la demanda.....