Éste Juzgado Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETÓ: Condena a los imputados ISMAEL DE JESUS MEDINA, quien dijo ser venezolano, natural de Sabana de uchire, nacido en fecha 09/05/1950, de 66 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio agricultor, hijo de, domicilio en El sector valle verde, casa Nº 10 Puerto la Cruz Estado Anzoátegui y PABLO RAFAEL MEDINA, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 4.899.424, nacido en Sabana de Uchire, en fecha 09/02/1962, de 65 años de edad, de estado civil casado, de profesión u oficio agricultor hijo de María Antonia Medina (f) y de Cristóbal Romero (f), domicilio en: Calle Páez Sector Valle Verde casa N° 11 Puerto La Cruz Estado Anzoátegui, por la comisión de los delitos de TRAFICO DE MATERIAL ESTRATEGICO, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra La Delinc.....