Por los fundamentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, éste Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, con funciones de Control Nro. 02, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decide: Conforme al artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, se dicta SENTENCIA DEFINITIVA CONDENATORIA, en contra del ciudadano LUIS TEODORO GUERRA LEZAMA, quien es venezolano, titular de la cedula de identidad N° 2.518.628, natural de San José de Nurucual, Estado Sucre, donde nació en fecha 27-11-45, de 59 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Obrero, hijo de Facunda Lezama (Df) y de José Baldomero Guerra (Df), residenciado en Villa de Canaan, Calle Monte Los Olivos, Parcela N°.- 03, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, por la comisión del delito de "ACTOS LASCIVOS VIOLENTOS", previsto y sancionado en los artículos 375, ordinal 1, en concordancia con el encabezamiento de.....