Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA SUSPENSION CONDICIONAL DEL PROCESO a favor de la ciudadana EVELIN YAMILETH CAMPOS MARCANO, quien es Venezolana, titular de la cédula de identidad Nº 25.566.516, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, nacida en fecha 11-10-83, de 23 años de edad, estado civil soltera, de profesión u oficio estudiante, residenciada en la Calle 04, Sector La Ponderosa, cerca de la casilla policial del Grupo GRIP, Barcelona, Anzoátegui, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES LEVES, tipificado en el articulo 416 del Código Penal, cometido en perjuicio de los ciudadanos MIRLA DEL VALLE SISO Y RONNY ALEXIS MARCANO. Líbrese oficio a la Jefatura de Alguacilazgo, a fin de participar que el imputado de autos se presentará por ante esa Oficina.
Regístrese, publíquese y.....