Ahora bien, el Tribunal, dejando en todo caso al salvo los derechos de terceros, declara a los ciudadanos: MARIANA ZABALETA DE BELMONTE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 2.481.587, conjuntamente con los ciudadanos: NUVIA DE JESUS BELMONTE DE UZCATEGUI, HILARIO ANTONIO BLEMONTE ZABALETA, DIGNAIRA DEL CARMEN BELMONTE ZABALETA, NANCY OMAIRA BELMONTE DE NACKE, MARIBEL JOSEFINA BELMONTE ZABALETA, GERARDO JOSE BELMONTE ZABALETA y YADIRA MARIA BELMONTE ZABALETA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-3.850.743, V-4.002.242, V-4.002.240, V-4.910.931, V-4.910.929, V-5.997.377 y V-5.997.383 respectivamente, como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del extinto: GERARDO BELMONTE MEDINA, quien era venezolano, mayor de edad, casado, Obrero (jubilado), titular de la Cédula Número: V-1.461.464, y falleció ab-intestato, en la Tercera Carrera Sur Cruce con Calle Veintiuno Sur N° 299, de esta ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez de.....